Min. del Deporte se suma a “permisología”: tendrá que velar por la afectación a las olas

La cartera trabaja en coordinaciones internas para asumir esta labor, que expertos y parlamentarios ven con el riesgo de convertirse en una nueva traba regulatoria.

Quienes ahora piensen en un proyecto en el borde costero deberán incluir en su propuesta el impacto que la iniciativa podría tener en el oleaje que permita la práctica del surf.

La consideración ya quedó escrita, porque el Senado despachó a ley —con 24 votos a favor y 3 en contra— la moción parlamentaria que busca establecer un nuevo rango de protección legal a las rompientes de olas. Fue impulsada por senadores de Chile Vamos.

La ley establece que ‘cualquier actividad, propuesta, diseño o ejecución de obras públicas o privadas que implique la intervención o afectación de una zona que cuente con olas o rompientes de olas’ tendrá que tomar en cuenta la opinión del Ministerio del Deporte para garantizar su conservación. Para esto, se dispone que la cartera podrá desarrollar ‘estudios y programas de identificación e investigación’ que comprueben la necesidad de conservación en estos espacios, manteniéndolos aptos para la práctica deportiva.

Desde la cartera señalan a ‘El Mercurio’ que están recién en una coordinación interna, a través de mesas técnicas para asumir estas funciones, por lo que no pueden dar más detalles de cómo se materializarán. Si bien esta es una iniciativa surgida en el Congreso, algunos senadores oficialistas como Claudia Pascual (PC) criticaron la ausencia de un pronunciamiento del Ejecutivo sobre sus consecuencias, por ejemplo, en la actividad pesquera de zonas donde no se practican deportes marítimos.

Criterio amplio

En términos jurídicos, la ‘afectación’ de una rompiente de olas se define como cualquier acción que ‘altere, deforme, disminuya y/o elimine las cualidades de la rompiente’, lo que según especialistas pone en riesgo su correcta implementación.

Óscar Gajardo Carreño, socio de GDO Abogados, cree que esta ley es un avance en la protección de espacios que se han constituido como motores de desarrollo y turismo, pero el criterio de ‘no afectación’ es cuestionable: ‘Es un concepto bastante amplio, y abre la puerta a interpretaciones restrictivas que podrían paralizar o modificar proyectos turísticos e inmobiliarios, incluso aquellos que han contribuido al posicionamiento internacional de Chile como destino del surf’.

Entre los autores del proyecto está el senador UDI José Miguel Durana. Representa a la Región de Arica, donde hay sitios mundialmente reconocidos para la práctica de este deporte, como la ola ‘El Gringo’. El legislador argumenta que ‘no se trata de impedir obras, sino de que las mismas en su ejecución sean realizadas con las debidas consideraciones técnicas para no afectar las rompientes de las olas, que tienen una gran significación para la práctica del deporte y para el turismo en las ciudades costeras de nuestro país’.

Entre quienes expresaron reparos estuvo el senador Carlos Kuschel (RN). Opina que ‘es lo mismo que la Ley Lafkenche, y otra cantidad de leyes que se hacen —a mi juicio— al voleo, con la esperanza de que alguien lo arregle después, pero se interpretan en sentido restrictivo. Y así terminamos atorados con la permisología (…). Da para todo’. En todo caso, el senador también votó a favor de esta reforma.

Comparte este Post:

Últimos Posts

Av. Alonso de Córdova 5151, piso 16, oficina 1602, Las Condes, ciudad de Santiago, Chile.

Nuestras redes

Teléfono: +56 2 2427 9952
Gajardo & Asociados. Mapa del sitio | Política de Privacidad

cargo en la empresa

Nombre Apellido

ÁREAS DE PRÁCTICA:

Area primera.

Area primera.

Area primera.

+56 9 5154 5448

correo@correo.com